Copropiedad vs Multipropiedad

Verdadera "Propiedad" vs Uso Compartido

LEGAL

Pedro Trueba Hita - Abogado

10/10/20232 min leer

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Parecen sinónimos, pero la diferencia entre los dos términos radica en el uso diferenciado que se les ha dado. En España con el boom inmobiliario de los años 80s y 90s se llamó Multipropiedad al derecho de uso de unos días o semanas de un inmueble, generalmente en lugares de playa o vacacionales. Es decir no existía propiamente una "propiedad" sobre el inmueble sino un derecho de uso de la misma, recayendo la propiedad del inmueble generalmente en la empresa comercializadora de estos derechos de uso, que se encargaba de la gestión del inmueble y del reparto de los tiempos de uso. También es conocida con el término de "uso compartido" en países latinoamericanos y USA.

Los abusos producidos por esta gestión, la ausencia de vencimiento de estos derechos de uso, los altos costes de mantenimiento, la dificultad de poder vender a terceros estos derechos, la falta de interés de siguientes generaciones en disfrutar de unos inmuebles ya antiguos y sobretodo no poder beneficiarse de posibles revalorizaciones del inmueble por no ser "propietarios" del mismo, motivaron que el Parlamento Europeo y del Consejo emitiera la Directiva 94/47/CE que materializó en España la Ley 42/1998 de 15 de diciembre de Derechos de Aprovechamiento Por Turno de Bienes Inmuebles.

Copropiedad sin embargo, es un término ya conocido del derecho romano, que se refiere a la propiedad común de un bien indiviso. En esta acepción sí existe por lo tanto propiedad del bien inmueble de cada uno de los copropietarios, que por supuesto incluye el uso y disfrute de la misma, en el sentido de obtener los frutos (rentas) del inmueble y permite también beneficiarse de la posible revalorización a futuro del inmueble.

Para facilitar la divisibilidad del bien común a futuro, en Peñalara Properties constituimos una sociedad de la que son partícipes los inversores, pudiendo vender a terceros o al resto de partícipes sus participaciones de la sociedad, no perjudicando al resto ni en el uso ni en el disfrute del inmueble y facilitando también el reparto de los beneficios obtenidos en función de sus participaciones. Por lo tanto son dueños del inmueble a través de sus participaciones en la sociedad creada y no meros tenedores de un derecho de uso.

Ahora ya sí, a diferencia de comprar de forma individual un inmueble, la compra en Copropiedad con este esquema, permite al inversor comprar propiedades de mayor valor y mejor ubicación, que permitirán mejores retornos de la inversión y mayor revalorización del inmueble a futuro, permitiendo su uso entre los partícipes.

Somos especialistas en No Residentes, por lo que este esquema de copropiedad se ajusta de manera perfecta a las necesidades de nuestros clientes, que vienen ocasionalmente a Madrid y en su ausencia quieren obtener retornos a su inversión a través del alquiler y beneficiarse de revalorizaciones futuras del inmueble.

Por supuesto, nos encargamos de todo lo relacionado con la gestión del inmueble, como el alquiler, la limpieza, pago de impuestos, reformas, etc. Permitiendo disponer siempre de la propiedad en perfecto estado para cuando el propietario quiera venir a Madrid a disfrutarlo, cuando por acuerdo de los socios le corresponda. Mejor que en un hotel!!!